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UGT afirma que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Las Palmas ha dictado sentencia a su favor respecto a las bolsas de empleo del año 2015 para las categorías de subalterno, administrativo, auxiliar administrativo, animadores y oficial mecánico, "en las que se seguía en mismo procedimiento para todas".
La sala ha anulado varios puntos de las bases, que afectan, según el sindicato, "al acceso a la administración de los ciudadanos miembros de la Unión Europea" y "al derecho de igualdad de los aspirantes al proceso selectivo, que vienen establecidos en conocer qué elementos y qué valoración se va a dar a cada una de las pruebas del concurso-oposición".
Según UGT, también se alude "a la obligación de estar en posesión del permiso de conducir", teniendo en cuenta que las funciones de subalterno "son las de vigilancia y custodia interior de oficinas, así como misiones de conserje, ujier, portera u otras análogas en edificios y servicios de la Corporación".
Por último, apunta el sindicato, en la sentencia se hace mención "a las contradicciones sobre el sistema de puntuación y la vulneración del Reglamento sobre la selección de personal en las contrataciones y nombramientos temporales" y a "la creación, gestión y control de las bolsas de trabajo vinculadas a las mismas, en concreto al sistema de selección concurso–oposición". Según la convocatoria, la fase de oposición se compone en dos partes, que consisten en la realización de dos ejercicios, uno teórico y uno práctico, siendo el teórico de carácter eliminatorio, lo cual es "contrario al Reglamento, que establece que no pueden celebrarse ejercicios eliminatorios".