El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Barcelona ha anulado una cláusula multidivisa colocada por el Banco Popular a una farmacéutica como una ‘ventaja’.

La sentencia, del pasado 12 de julio, reconoce que el banco no estudió el perfil de la cliente, sino su situación económica.

Decreta la nulidad de esta cláusula obligando a rehacer los pagos como si la hipoteca hubiera estado nominada en euros desde el principio. Declara también la nulidad de la cláusula suelo por “abusividad” y condena al Popular a devolver la totalidad de los excesos cobrados.“Se observa el ‘modus operandi’ de la mala praxis bancaria: ofrecer productos de riesgo como chollo por ser cliente VIP”. Ver la noticia completa

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