Un juzgado de Madrid ha declarado nula la compra de acciones del Popular en la ampliación de 2016 y obliga a la entidad a devolver el dinero invertido al cliente.

Dice el magistrado que el proceso es "nulo por error de vicio en el consentimiento" a la hora de suscribir los títulos.

Según se refleja en la sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, utiliza la doctrina del caso Bankia para tomar la decisión ya que considera que "los suscriptores pensaban que estaban adquiriendo una parte alícuota de una sociedad solvente susceptible de producirles beneficios, cuando en realidad estaban adquiriendo una parte de una sociedad con unas pérdidas cuantiosas". Ver la noticia completa

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