Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Canarias reconoce a una empleada el derecho al horario adaptado para cuidar a su hijo pequeño, porque su marido trabaja sólo por la noche.
Los casos de petición de la conocida como jornada a la carta siguen dando tarea a los jueces. Desde que en marzo se aprobara el derecho a concretar el horario para poder conciliar, varias han sido las sentencias relacionadas con este asunto. La última, dictada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Canarias, establece que el horario nocturno del padre es razón suficiente para la concesión de la reducción de jornada y la concreción horaria a la madre, con el fin de poder atender al bebé de la pareja.
La mujer es dependienta en una tienda de un centro comercial y su marido trabaja como conserje en un bloque de edificios en horario de noche, de domingo a jueves. Para poder repartirse de la mejor manera el cuidado de su hija de cinco meses, acordaron que el padre se ocuparía por las mañanas y la madre durante las tardes, para lo que ella necesitaría reducir la jornada y limitar su horario a las mañanas, concretamente de 9:00 a 16:00 horas. Así se lo expuso a sus jefes que, sin embargo, no lo entendieron y se opusieron a tal petición. Ver la noticia completa