La Audiencia Provincial de Barcelona condena a la banca a asumir el total de los gastos de un litigio, a pesar de que parte de las peticiones del consumidor fueron rechazadas.

El objetivo de este criterio, razona la Sala, es evitar un efecto disuasorio para que otros afectados acudan a juicio.

Según recoge el fallo, el consumidor demandó a Caixabank solicitando la nulidad de la cláusula de gastos de la hipoteca que había firmado por considerarla abusiva, petición que un juez estimó parcialmente y condenó al banco a pagar algunos importes y otros no. Como la demanda fue estimada parcialmente, no hizo mención sobre las costas.

La Audiencia Provincial de Barcelona corrige la sentencia del juzgado en cuanto al reparto de gastos de gestoría, pero niega que la entidad deba asumir también el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, la mitad de los gastos de escritura de modificación, el total de los gastos de cancelación, que corren a cuenta del prestatario.

Por otro extremo, considera que la banca debe correr con las costas en su totalidad, siendo indiferente que las peticiones se hayan estimado sólo parcialmente. Ver la noticia completa.

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