La justicia ha reconocido la pensión de orfandad absoluta a un menor cuya madre ha fallecido y cuyo padre se encuentra en paradero desconocido.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en su sentencia ha equiparado la orfandad absoluta con la situación que vive menor, puesto que el padre, ausente, fue privado de la patria potestad y la madre era la única con la que tenía un vínculo afectivo y económico.

La Sala dicta que se trata de una situación de necesidad análoga y decide flexibilizar la norma para adecuarla a la realidad y al interés del beneficiario.

Tal y como se establece en la sentencia, el legislador no puede recoger todas y cada una de las posibilidades que se dan en la práctica. Tampoco se pueden dejar sin protección situaciones como la presente, que ha de comprenderse por vía de la analogía en el artículo 39 del Reglamento general de prestaciones, pues a efectos prácticos es como si el menor desde su nacimiento solo hubiera tenido un progenitor (su madre) que era la única que cumplía con las obligaciones que le impone la patria potestad. Ver la noticia completa.

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