Aunque la Ley de Vivienda se retrasa, el Consejo de Ministros aprobó este martes las ayudas al alquiler para jóvenes, que entrarán en vigor de manera retroactiva desde el 1 de enero de 2022.

En lo relativo al bono joven de ayudas al alquiler para viviendas, de aplicación en todas las comunidades autónomas, a excepción de País Vasco y Navarra, y en Ceuta y Melilla.

 A grandes rasgos, estos son los requisitos para poder solicitar estas ayudas:

  • Jóvenes entre 18 a 35 años.
  • Nacionalidad española (puede ser también la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o Suiza).
  • Contar con "al menos una fuente regular de ingresos" que reporte una renta anual inferior a 23.725 euros.
  • Ser titular o estar en condiciones de suscribir, en calidad de persona arrendataria, un contrato de arrendamiento de vivienda. En el caso de alquiler de habitación no es exigible que la formalización sea en los términos de la Ley 29/1994.
  • Su renta de alquiler no supere los 600 euros mensuales, aunque se contempla su ampliación a 900 euros en las zonas "más tensionadas"...En el caso de alquiler de habitación, la renta deberá ser igual o inferior a 300 euros mensuales y solo se podrá incrementar, de aprobarse una ampliación hasta 900 euros por contrato de arrendamiento, hasta un límite máximo de 450 euros por habitación.
  • No se recibirá la ayuda si el solicitante es propietario o usufructuario de alguna vivienda en España (con excepción de herencias, separación o discapacidad); o si tiene "parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con la persona arrendadora o cedente de la vivienda" o es socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúa como arrendador o cedente. Ver la noticia completa.

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