La Audiencia Provincial de Álava ha declarado que la comisión de dos euros que, hasta la fecha cobraba Bankinter a los que no eran sus clientes por ingresar dinero en efectivo en ventanilla, es nula por abusiva.
Se trata de una pura imposición de Bankinter, realizada en el contexto de la utilidad económica que ese cobro produce en el desarrollo de su negocio bancario
En opinión de la Sala, el cobro de tal comisión no satisface las exigencias de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores y constituye un “evidente obstáculo” para el consumidor que pretende realizar un ingreso.
En septiembre de 2021, el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz ya estimó íntegramente la demanda interpuesta por la representación de la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca. Ver la noticia completa.
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