El Tribunal Superior de Justicia de Madrid declara la nulidad del despido de una trabajadora embarazada, a pesar de haberlo comunicado a la empresa con posterioridad a la demanda de despido.
El tribunal madrileño tiene en cuenta que no puede negarse la posibilidad de ampliación de la demanda solo porque no se adujera el hecho en la conciliación previa precisamente porque para entonces la mujer no conocía que estaba embarazada.
En particular, se cuestiona si es posible pronunciarse sobre una pretensión de nulidad del despido por el hecho del embarazo de la trabajadora que se alega en un escrito de ampliación de la demanda posterior a ésta. Ver la noticia completa.
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