El Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad declarar la inconstitucionalidad y nulidad del párrafo tercero del art. 34.2 (para Procuradores) y del inciso “y tercero” del párrafo segundo y cuarto del art. 35.2 (para los Abogados) de la LEC.
El texto impugnado determina la ausencia de recurso frente al decreto del letrado de la administración de justicia cuando los honorarios de los abogados se discuten por indebidos.
Sin embargo, dicho decreto no prejuzgará, ni siquiera parcialmente, la sentencia que pudiere recaer en juicio ordinario ulterior.Ver la noticia completa
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