El Tribunal Supremo ha indicado que el hecho de entrar en Gran Hermano no significa que los concursantes hayan perdido la protección constitucional de su dignidad personal.
El Tribunal Supremo ha condenado a Mediaset a indemnizar con 30.000 euros a la exconcursante de Gran Hermano por las referencias a ella en programas y en la web de Telecinco tras abandonar el concurso y establece que entrar en el mismo no elimina la protección a la dignidad personal.
El alto tribunal aprecia en una sentencia la intromisión ilegítima en los derechos al honor y a la propia imagen de la concursante una vez que había salido de la casa de Gran Hermano y había roto su relación contractual con la productora, informa Efe. Ver noticia completa
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