La manutención de los hijos en caso de divorcio debe ser pagada por ambos progenitores, independientemente de que la situación económica de uno de ellos sea muy elevada y superior a la del otro.
Así lo ha determinado la Audiencia Provincial de Granada en una sentencia en la que reparte entre los progenitores, en proporción a sus ingresos, los gastos de la educación de los hijos.
En el proceso de divorcio de los padres, el padre recurrió la sentencia de divorcio que, estableciendo la custodia compartida de los dos hijos, le obligaba a pagar únicamente el colegio privado de sus hijos.
La madre pretendía que el padre pagara la totalidad del coste del colegio privado de los niños, porque los ingresos del padre eran mayores.
Sin embargo, la Audiencia de Granada dictaminó que el hecho de que uno de los progenitores tenga unos ingresos superiores a los del otro, aunque sean muy elevados, no exime al otro progenitor de cumplir con su obligación de contribuir a la manutención de los hijos, ya que ambos están obligados a ello. Ver la noticia completa.
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