La Audiencia Provincial de Guadalajara ha concedio la custodia compartida a un padre, declarando que no es un obstáculo para su concesión que tenga que pasar algún día fuera del domicilio.
La sentencia fue emitida el 3 de marzo de 2020 (61/2020).
Anteriormente, el Juzgado de Primera Instancia de Guadalajara denegó en el proceso de divorcio el establecimiento de un sistema de guarda y custodia compartida por ambos progenitores respecto de sus hijos por la incertidumbre respecto al horario de los viajes del padre por motivos laborales y sus pernoctas fuera del domicilio.
Sin embargo, la Audiencia Provincial revocó la sentencia y consideró que la convivencia compartida es lo más beneficioso para los menores. El hecho de que el padre, por motivos laborales, tenga que pasar algún día fuera de su domicilio no es obstáculo para su concesión.
Según el certificado de la empresa en la que presta su trabajo, tiene flexibilidad para fijar con antelación sus viajes o visitas, no existiendo prueba alguna de que no pueda hacerlo durante la semana que no tenga la custodia de sus hijos. Por tanto, puede compatibilizar sus obligaciones laborales con el ejercicio de la guarda de los menores. Ver la noticia completa
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