El Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo del Banco Popular, tras desestimar los recursos interpuestos por la entidad, y da la razón a la Audiencia Provincial de Madrid al considerar "abusivas" las condiciones de los contratos hipotecarios.
En la sentencia del Alto Tribunal conocida este jueves, el ponente de la sala ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo incluidas en los préstamos hipotecarios de Banco Popular al "no reunir las exigencias de transparencias aplicables".
La entidad apeló a la doctrina del Supremo después de que, en 2013, la Audiencia Provincial de Madrid fallase a favor de los demandantes, consumidores de préstamos hipotecarios del Banco Popular y del BBVA, representados por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
El banco presentó un recurso extraordinario por infracción procesal al considerar que la demanda de la OCU "se centraba en un pretendido desequilibrio entre las partes" y no en la falta de transparencia que alegan los tribunales para considerar abusivas las condiciones de sus contratos hipotecarios.
Asimismo, el Popular defendió que en sus contratos "la cláusula controvertida es suficientemente comprensible por sí misma" y que la mayor parte de los casos denunciados por la OCU "son referentes a BBVA", alegatos ambos que han sido directamente rechazados por la sala.
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La sala primera del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo del Banco Popular, tras desestimar los recursos interpuestos por la entidad, y da la razón a la Audiencia Provincial de Madrid al considerar "abusivas" las condiciones de los contratos hipotecarios. El Supremo, con esta sentencia, da la razón a la Audiencia Provincial de MadridEn la sentencia del Alto Tribunal conocida este jueves, el ponente de la sala ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo incluidas en los préstamos hipotecarios de Banco Popular al "no reunir las exigencias de transparencias aplicables". La entidad apeló a la doctrina del Supremo después de que, en 2013, la Audiencia Provincial de Madrid fallase a favor de los demandantes, consumidores de préstamos hipotecarios del Banco Popular y del BBVA, representados por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). El banco presentó un recurso extraordinario por infracción procesal al considerar que la demanda de la OCU "se centraba en un pretendido desequilibrio entre las partes" y no en la falta de transparencia que alegan los tribunales para considerar abusivas las condiciones de sus contratos hipotecarios. Asimismo, el Popular defendió que en sus contratos "la cláusula controvertida es suficientemente comprensible por sí misma" y que la mayor parte de los casos denunciados por la OCU "son referentes a BBVA", alegatos ambos que han sido directamente rechazados por la sala.
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La sala primera del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo del Banco Popular, tras desestimar los recursos interpuestos por la entidad, y da la razón a la Audiencia Provincial de Madrid al considerar "abusivas" las condiciones de los contratos hipotecarios. El Supremo, con esta sentencia, da la razón a la Audiencia Provincial de MadridEn la sentencia del Alto Tribunal conocida este jueves, el ponente de la sala ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo incluidas en los préstamos hipotecarios de Banco Popular al "no reunir las exigencias de transparencias aplicables". La entidad apeló a la doctrina del Supremo después de que, en 2013, la Audiencia Provincial de Madrid fallase a favor de los demandantes, consumidores de préstamos hipotecarios del Banco Popular y del BBVA, representados por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). El banco presentó un recurso extraordinario por infracción procesal al considerar que la demanda de la OCU "se centraba en un pretendido desequilibrio entre las partes" y no en la falta de transparencia que alegan los tribunales para considerar abusivas las condiciones de sus contratos hipotecarios. Asimismo, el Popular defendió que en sus contratos "la cláusula controvertida es suficientemente comprensible por sí misma" y que la mayor parte de los casos denunciados por la OCU "son referentes a BBVA", alegatos ambos que han sido directamente rechazados por la sala.
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