Así lo ha estimado la Audiencia Nacional, que ha concedido una indemnización de 50.000 euros a unos demandantes que se vieron privados durante doce años de ver a sus nietas porque un juzgado ignoró las continuas peticiones para hacer valer un régimen de visitas acordado por orden judicial en 2007.
Según la Sentencia, los abuelos tenían derecho a ver a las nietas una vez cada dos semanas, pero la exnuera se negaba a que se cumpliese el régimen de visitas, a pesar de mediar orden judicial para ello. Tras años solicitando la ejecución de la sentencia al juzgado sin éxito, la Audiencia Nacional reconoce ahora que la Administración funcionó de forma incorrecta y que los abuelos deben ser indemnizados por la extraordinaria demora procesal. Ver la noticia completa