El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha dictaminado este martes que el controvertido índice hipotecario IRPH no está excluido del ámbito de la directiva sobre cláusulas abusivas y puede por tanto ser controlado judicialmente pese a estar regulado por el Banco de España.
Es decir, los jueces españoles deben verificar si los bancos que lo usaron informaron con transparencia a sus clientes: de lo contrario, tienen que anularlo por abusivo y pueden sustituirlo por otro índice más favorable como el euríbor y obligar a devolver el dinero cobrado de más.
El fallo abre por tanto la puerta a una avalancha de reclamaciones contra la banca de los clientes que se consideren perjudicados por la aplicación del IRPH. Y desestima los argumentos de las entidades, que alegaban que este índice hipotecario no puede en ningún caso considerarse abusivo puesto que está regulado por el Banco de España. Ver la noticia completa
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