Si el arrendador tiene menos de 10 viviendas en propiedad, hará falta un acuerdo para el retraso y, de no haber acuerdo, el inquilino podrá solicitar préstamos sin intereses o ayudas al Estado. Si el arrendador posee más de 10 viviendas, deberá elegir entre conceder una moratoria de cuatro meses del pago del alquiler, a devolver en 3 años; o rebajar el 50% del alquiler al inquilino durante cuatro meses. #QuédateEnCasa

Después de 15 días de fuego cruzado, el pulso de coalición para responder a la cuestión: Moratoria al pago del alquiler, ¿sí o no? ha concluido. No queda claro, eso sí, quién ha torcido el brazo.

El Consejo de Ministros aprueba hoy un decreto para mitigar el impacto del coronavirus en el mercado del alquiler. Se trata de un paquete de medidas a iniciativa del ministro de Agenda Urbana, José Luis Ábalos, que cuenta con el apoyo de Economía (Nadia Calviño). La propuesta, que tendrá un coste de 700 millones de euros, da la posibilidad a los inquilinos de pedir a sus propietarios retrasos en el pago de los alquileres. Pero mientras que si el arrendador es un pequeño propietario, éste podrá negarse a conceder esa moratoria; si se trata de un gran tenedor, no tendrá más remedio que correr con los gastos de un retraso en los pagos o, incluso, quitas del 50% del alquiler durante cuatro mesesVer la noticia completa

 

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