La Audiencia Provincial de Las Palmas dictó ayer la sentencia que establece la doctrina del Tribunal sobre cómo se reparten los gastos entre el banco y el cliente.
Establece el siguiente reparto:
- El banco debe pagar la totalidad de los gastos de notario, del Registro de la Propiedad, de la Gestoría y de la tasación del inmueble.
- El banco y el cliente pagan por mitad los gastos del timbre que se incluyen en la factura del notario.
- El cliente prestatario es quien debe abonar el impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
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