El Tribunal Supremo ha dictaminado que tratar a las víctimas de la violencia de género como testigos en el proceso penal “desnaturaliza su verdadera posición".

Continúa explicando "puesto que la víctima no sólo ha visto un hecho y puede testificar sobre él, sino que también es sujeto pasivo del delito, y su categorización probatoria está en un grado mayor que el mero testigo ajeno y externo al hecho”. Ver la noticia completa

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maltrato a la mujer